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Recuperar tu inmueble empieza por conocer tu caso.

No poder disponer de una propiedad genera dudas y decisiones difíciles. En DOMINIA SECURITY estudiamos tu situación para valorar qué actuación podemos asumir y qué pasos requieren intervención jurídica.

La propuesta se define para tu caso: qué podemos hacer, qué hace falta revisar y cuáles son las condiciones del servicio.

Los antecedentes importan.

Una entrada sin consentimiento, un conflicto con un arrendatario o una permanencia después de finalizar un contrato no deben tratarse de forma automática como el mismo supuesto.

Necesitamos saber cómo se inició la ocupación, si existe o existió un contrato y qué actuaciones se han realizado. Si hay dudas sobre tus derechos o sobre la vía de recuperación, hace falta una valoración jurídica antes de avanzar.

Definir qué se puede hacer y quién debe hacerlo.

  • Según el caso, la propuesta puede comprender la recogida de información, la valoración de una negociación para la entrega y el seguimiento de las condiciones acordadas.
  • Si la recuperación requiere acudir a los tribunales, esa actuación corresponde a los profesionales competentes y, en su caso, a las autoridades encargadas de ejecutar la resolución.

Antes de contratar, se delimita por escrito nuestra intervención, las condiciones económicas y aquello que requiere otro encargo profesional. No damos por supuesto que un servicio incluye representación judicial.

Que el acuerdo llegue a una entrega concreta.

Cuando se pacta una salida, conviene concretar la fecha, la entrega de llaves y la forma de dejar constancia del estado del inmueble. El seguimiento que podamos prestar se incluye expresamente en la propuesta.

La protección posterior del espacio se estudia como una necesidad diferente. Si necesitas control de accesos u otro servicio, su alcance debe definirse por separado.

De la primera consulta al siguiente paso.

  1. 01

    Nos cuentas los hechos.

    Recogemos la ubicación, los antecedentes y tu relación con el inmueble.

  2. 02

    Revisamos la información.

    Identificamos qué documentación falta y qué cuestiones requieren valoración jurídica.

  3. 03

    Delimitamos una propuesta.

    Concretamos las actuaciones que podemos prestar y sus condiciones.

  4. 04

    Seguimos el encargo.

    Te comunicamos los avances dentro del alcance acordado y, si cambia la situación, revisamos los siguientes pasos.

Una primera consulta con los hechos esenciales.

Indícanos la localidad, el tipo de inmueble y desde cuándo se produce la situación. Explica si hay un contrato, si conoces cómo comenzó la ocupación y si has presentado una denuncia o iniciado otro procedimiento.

Si actúas en nombre del propietario, necesitaremos comprobar tu autorización antes de asumir un encargo. En el formulario inicial basta una descripción breve; la documentación se solicita por el canal acordado.

Preguntas frecuentes

¿Podéis recuperar cualquier inmueble?

No podemos confirmar la viabilidad de una intervención sin estudiar el caso. La situación jurídica, los antecedentes y la actuación necesaria determinan qué servicio podemos ofrecer y qué otros profesionales deben intervenir.

¿Trabajáis con inmuebles ocupados y con impagos de alquiler?

Puedes consultarnos ambas situaciones, pero no se tratan como equivalentes. Cuando existe una relación arrendaticia, deben tenerse en cuenta el contrato y los derechos y obligaciones que se derivan de él antes de proponer pasos concretos.

¿Garantizáis la desocupación en un plazo?

No. No hay un plazo ni un resultado universal. Una negociación depende de las partes y una vía judicial tiene sus propios requisitos y tiempos. La propuesta explica el alcance del servicio sin prometer una fecha de recuperación.

¿Qué ocurre si no se llega a un acuerdo?

Se revisan las opciones según el estado del encargo. Si resulta necesario acudir a una vía judicial, debe valorarla un profesional competente. No se sustituyen esas vías por actuaciones de presión.

¿El presupuesto incluye abogados, cerrajería o vigilancia posterior?

Solo si la propuesta lo indica expresamente y esos servicios se pueden prestar en las condiciones correspondientes. Debes poder distinguir las actuaciones incluidas, los servicios adicionales y los encargos que tendrás que realizar por separado.

Necesitas saber qué paso tiene sentido ahora.

Describe tu situación. Empezaremos por entenderla y delimitar qué podemos hacer dentro de un encargo concreto.